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jueves, marzo 19, 2026

Reforma previsional: ¿podría cambiar el régimen jubilatorio de los petroleros en Vaca Muerta?

Mientras el Gobierno nacional avanza en el diseño de una reforma previsional, crecen las dudas entre los trabajadores petroleros de Vaca Muerta sobre posibles modificaciones a su régimen especial de jubilación. Sin embargo, especialistas del sector aseguran que no existen medidas concretas ni proyectos oficiales que alteren por ahora las condiciones vigentes.

El abogado previsionalista Maximiliano Fodaro explicó que, si bien hay versiones que apuntan a una eventual suba de la edad jubilatoria a 70 años, “no hay nada escrito ni formalmente anunciado que lo haga efectivo en el corto plazo”. Además, recordó que el Ejecutivo priorizará la reforma laboral antes de avanzar con la previsional.

Un régimen con características propias
El sistema jubilatorio de los petroleros está regulado por el Decreto 2136/1974, que establece el retiro a los 50 años de edad con al menos 25 años de aportes. El beneficio se aplica a quienes trabajaron en tareas de extracción o explotación en boca de pozo, consideradas “insalubres” por las condiciones físicas y ambientales que implican.

Para acceder al régimen, la empresa debe certificar el tipo de tareas, el lugar y las condiciones laborales, y luego la ANSES verifica cada caso antes de aprobar la jubilación anticipada.

Antecedentes y contexto
Fodaro recordó que la última gran reforma previsional en Argentina fue en los años 90, cuando la edad jubilatoria general se elevó de 60 a 65 años para los hombres, y de 55 a 60 para las mujeres. Sin embargo, los regímenes especiales —como el de los petroleros, docentes o ferroviarios— no fueron modificados.

“Es poco probable que se toque este tipo de regímenes, porque cualquier cambio genera tensiones sindicales y conflictos en sectores estratégicos”, advirtió el especialista.

Qué pasa si ANSES rechaza un trámite
En caso de que un trabajador no logre que se le reconozca el régimen diferencial, puede presentar un recurso administrativo o una demanda judicial. Los periodos sin aportes por licencias sin sueldo no se computan, aunque sí pueden considerarse los tiempos de desempleo como tareas comunes.

Por el momento, el régimen especial para los petroleros sigue vigente sin modificaciones, aunque el debate previsional promete volver a escena en los próximos meses.

Fuente: LMNeuquen/Redacción TE.

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